Es obligatorio por parte del Empleador la realización de este examen con el fin de determinar la aptitud del postulante y para dejar asentadas, de haberlas, patologías preexistentes.
Su principal objetivo es el de la DETECCIÓN PRECOZ DE AFECCIONES producidas por aquellos agentes de riesgo determinados por el tipo de riesgo al que esté expuesto según Decreto n°658/96. Este examen es preventivo y está regulado por normas que indican bajo que condiciones debe realizarse y con que periodicidad. Es recomendable realizar un examen básico anualmente.
El objetivo es similar al de un examen preocupacional. Debe realizarse previo al comienzo del nuevo puesto de trabajo, si este estará expuesto a uno o más agentes de riegos mencionados previamente.
Detectan cualquier problema de salud sobrevenido durante la ausencia. Esto nos sirve para corroboran que el empleado está completamente recuperado para volver a su puesto de trabajo.
Tienen como finalidad comprobar el estado de salud del trabajador al momento de la desvinculación y poder así detectar eventuales enfermedades laborales o secuelas incapacitantes, para su correcto tratamiento.
El objetivo del control es fiscalizar la licencia otorgada por otro profesional. Se realiza en el centro médico y es para los casos en que el paciente puede deambular.
Se tiene en cuenta que el certificado sea correcto.
Una vez chequeado que la documentación es correcta, se examina al paciente para ver si, la licencia otorgada es adecuada.
El objetivo del control médico en domicilio es el de fiscalizar la ausencia del trabajador, contando con el factor sorpresa.
Los resultados del control y la documentación relacionada están disponibles para su visualización a través del Portal Clientes
Define si la dificultad que presenta trabajar en su lugar de trabajo le impide, o no continuar con sus tareas laborales.
En algunos casos puede requerir medicación sintomática para poder continuar con sus tareas.
En otro caso, puede indicarse reposo por el resto de la jornada o bien la derivación para atención por Obra Social.
Todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
Son aquellas que se encuentran incluidas en el listado de enfermedades profesionales que elaborará y revisará el Poder Ejecutivo anualmente, conforme al procedimiento del artículo 40 apartado 3 de esta ley. El listado identificará agente de riesgo, cuadros clínicos y actividades, en capacidad de determinar por sí la enfermedad profesional.
+ Elaboración y desarrollo del Programa de Medicina del trabajo.
+ Control y seguimiento de las ausencias laborales por enfermedad inculpable, profesional y accidentes de trabajo.
+ Gestión integral de la medicina laboral en conjunto con RR.HH e HyS.
+ Coordinación de los exámenes en Salud.
Monitoreo y promoción de la Salud.
+ Acciones de capacitación, educación sanitaria y vacunación
Se desarrollan con una funcionalidad totalmente digitalizada, en donde podrá ver todos los resultados de inmediato y en tiempo real.
+ Una devolución más rápida
+ Procesamiento de la información más eficaz
+ Reportes e Informes médicos en menor tiempo
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